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Entidades financieras

¿Por qué colaborar con nosotros?

Obtenemos el máximo valor de los activos para una mejor satisfacción de los créditos de los acreedores.

Realizamos las operaciones de liquidación en el menor tiempo posible para evitar el deterioro de valor de los bienes.

Garantizamos la máxima transparencia en todo el proceso de liquidación.

¿Qué servicios realizamos?

Procedimientos preconcursales art. 583.1 del TRLC

Desinversión de activos no estratégicos: Venta a terceros o compra directa de bienes no necesarios para la empresa una vez que se haya redimensionado suprimiendo líneas de negocio o actividad específica y permitiendo de esa forma que la empresa continúe. Esa intervención dota a la empresa de liquidez para afrontar necesidades vitales como salarios, obligaciones sociales y fiscales, proveedores.

Desinversión total mediante un cierre ordenado de la empresa con la gestión de venta o compra directa de todos los activos de la sociedad.

 

Procedimientos regulados en el art. 583.1 del TRLC

Apoyamos a los profesionales (abogados y economistas) en la búsqueda de soluciones para las empresas mediante los instrumentos de desinversión, nuevos inversores y otras posibilidades que eviten la presentación final del Concurso de Acreedores.

Procedimientos regulados en los arts. 690 y ss. del TRLC. La adpatación del TRLC a las Directivas Comunitarias ha supuesto la creación de un procedimiento concursal especial para las llamadas microempresas que se regula en el Libro Tercero del nuevo TRLC. En los aspectos relativos a los institutos preconcursales y la posibilidad de enajenación de determinados activos dicho proceso es basicamente el mismo que se recoge en los arts. 583 y ss respecto del resto de entidades que pueden acogerse al procedimiento común y por tanto, en este procedimiento especial, también podemos intervenir para dar a los activos a realizar la mayor rentabilidad posible

Procedimientos concursales declarados por los Juzgados

Gestionamos todo el procedimiento de venta o liquidación de activos, tanto en Fase Común, artículo 204 y ss. del TRLC, cuando necesidades del Concurso exigen ventas en dicha Fase, como el procedimiento estrictamente liquidatorio, art.406 y ss. del TRLC, mediante designación como empresa especializada por parte de los administradores concursales que vienen confiando en nuestra gestión, pues nos encargamos de todo el procedimiento desde el encargo con la localización de los bienes, inventariado, tasación, mantenimiento, seguridad, etc. hasta la culminación de la venta y pago del precio al procedimiento concursal, y ello tanto mediante procedimientos de venta directa como por medio de subasta on line certificada notarialmente.

Podemos intervenir en el denominado “Reconvenio” instaurado por tiempo limitado en una de las reformas de la Ley Concursal y de nuevo puesto en marcha en el art. 8 del Real Decreto 16/2020 de medidas urgentes dictado como consecuencia del COVID-19, pudiendo asesorar a los profesionales en proyectos de inversión o desinversión de sus clientes que se hagan necesarios de cara a posibilitar que los acreedores acepten una reformulación del convenio en fase de cumplimiento pero con perspectivas de que no pueda ser atendido, evitando de esa manera un incumplimiento efectivo y la apertura de la temida liquidación.

Procedimientos de intervención en ejecuciones financieras

La participación de IAG Auction en la venta de los activos representa directamente un incremento de los valores de realización de los bienes y, por ende, un mayor retorno de los créditos que se ejecutan, lo que supone beneficio tanto para el acreedor como para los deudores.

Las actuaciones de marketing y publicidad encaminadas a fomentar el interés de los inversores, nos otorga un elevado porcentaje de éxito en la adjudicación de los activos subastados. Según las cifras de IAG Auction, durante el pasado ejercicio 2020, el porcentaje de subastas finalizadas con pujas asciende al 95,45% para los bienes inmuebles, mientras que, en el mismo periodo, el 54,18% de las subastas judiciales y el 38,87% de las notariales quedaron desiertas (datos extraídos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática).

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¿Cómo trabajamos?

Acceso total al portal web y plataforma de subastas

Mediante la que se recogen todas las pujas, cuyo registro puede ser extraído con detalle de postores, fecha y hora de la puja y cantidad ofertada. El software/plataforma de IAG garantiza la imposibilidad de alteración por parte de ningún usuario del registro de pujas desde el momento que se inicia la subasta.

Subastas en tiempo real

Tanto Administradores Concursales como Jueces/Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado podrán acceder de una manera segura a nuestra web para monitorizar el proceso en tiempo real.

Comunicaciones y/o certificaciones fehacientes

En caso de ser requeridos para ello, se certificarán, incluso con intervención notarial, los trámites llevados a cabo para la enajenación, incluido el detalle especifico de las subastas celebrades.

Seguridad jurídica y transparencia

Es uno de los principios básicos del funcionamiento del sistema de IAG como entidad especializada, ya que se pretende dotar a todo el procedimiento de las máximas garantías tanto legales como técnicas en cuanto al correcto funcionamiento por parte de todos los intervinientes.

La liquidación de activos a través de IAG permite además una mayor transparencia en la venta, en cuanto a que, la misma, de forma periódica, emite informes con todas las acciones comerciales realizadas, así como los resultados obtenidos en cuanto a las campañas tanto en el mercado nacional como internacional, realización de dosieres comerciales, uso de portales especializados y cartelería entre otros, dependiendo del tipo de activo a liquidar.

Y es que, para IAG, como entidad especializada, otorga un tratamiento único a cada activo a gestionar, ya sea inmueble, maquinaria, stock, líneas de producción y vehículos entre otros, ya que, dependiendo del tipo de activo se crea un grupo de trabajo entre los diferentes Departamentos que formarán parte en el desarrollo de la liquidación, nombrándose un Project Manager el cual será responsable del proyecto.

Además, desde el inicio, el activo es valorado y analizado el mercado a fin de realizar las campañas de marketing más adecuadas y eficaces en el plazo que se marque en la liquidación.

Se ha de tener en consideración, que las campañas de marketing, en cuanto a su coste, son asumidas en su totalidad por IAG a fin de garantizar su máxima difusión en los diferentes mercados nacionales e internacionales. Las campañas comprenden tanto la realización de documentación comercial (dosieres, cartelería, publicaciones en portales especializados, etc.) así como personal propio de IAG que realiza acciones activas de búsqueda de potenciales clientes.

IAG aporta otros servicios vinculados a la gestión de venta de los activos tanto con anterioridad a la fase de liquidación como con posterioridad a la misma ya que, se asesora a la Administración Concursal en cuanto a la realización de lotes de los activos de forma que estos sean más comerciales, se realizan valoraciones tanto de inmuebles como de bienes muebles, en cumplimiento con lo estipulado en el artículo 210 del TRLC (a fin de ajustar a mercado los valores de los bienes muebles, mediante tasación realizada de forma gratuita, ajustando la liquidación a unos valores de venta mucho más realistas, con el objetivo de mejorar además, la propia contabilidad de la sociedad en concurso en base a su activo y pasivo).

Se realizan además, todas las acciones comerciales a fin de garantizar la debida publicidad, se realiza la adecuada atención telefónica a todos los interesados en la compra, se realiza la gestión administrativa post-venta, gestión de entrega de los bienes adjudicados y la dirección logística de los procesos de desmontaje y retirada de los bienes así como la posibilidad de ofrecer seguridad privada de los bienes a través de medios de seguridad a fin de evitar hurtos y actos delictivos en los bienes afectos a liquidación.

En definitiva, el uso de la entidad especializada IAG para llevar a cabo todas las operaciones en la liquidación de activos o vinculadas a ellas, permiteun sistema más ágil, eficaz y con las máximas garantías y seguridad jurídica, estando en todo momento disponible el registro de participantes y ofertas tanto para la Administración Concursal como para el propio Juzgado, cuyo registro de pujas se genera de forma automática a través de la plataforma, recogiendo todas las ofertas en tiempo real, y cuyo normal funcionamiento de la plataforma está velado por personal técnico.

Las ventajas del uso de IAG como herramienta en la liquidación de activos y ahora más que nunca por la actual coyuntura económica y jurídica en base a lo establecido en el art. 15 del anterior Real Decreto-Ley 16/2020 y la actual Ley 3/2020, como alternativa a la subasta judicial y que se ratifica con el TRLC son múltiples, tanto para la agilización de los trámites, como para la descarga de trabajo de los Juzgados Mercantiles, permitiendo la externalización de las subastas, así como para el propio concurso y resto de acreedores.