Venta de Locales Comerciales en Tías (Lanzarote)

Por designación de la Administración Concursal de WAYKIKI LANZAROTE S.L, Procedimiento Concursal 408/2021, Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

IAG VENDE

Locales Comerciales en Tías (Lanzarote):

 

1.Local Comercial en Tías:

Local comercial nº 5 en planta sótano de un edificio de dos plantas y sótano denominado Centro comercial Atlántico, sito en la avenida de las Playas nº 37 de Puerto del Carmen término municipal de Tías y consta de un local más un aseo.

Ocupa una superficie de 40 m2.

Referencia catastral: 1398001FS3919N0010GD.

Nº de Finca: 14577. CRU 35019000081700.

Valor: 59.072,40€

 

2. Local Comercial en Tías:

Local comercial nº 6 en planta sótano de un edificio de dos plantas y sótano denominado Centro comercial Atlántico, sito en la avenida de las Playas nº 37 de Puerto del Carmen término municipal de Tías y consta de un local y aseo.

Referencia catastral: 1398001FS3919N0011HF.

Nº de finca: 14.578. CRU 35019000081717.

Valor: 149.072,58€.

 

3. Local Comercial en Tías:

Local comercial nº 7 en planta sótano de un edificio de dos plantas y sótano denominado Centro comercial Atlántico, sito en la avenida de las Playas nº 37 de Puerto del Carmen término municipal de Tías y consta de un local y aseo.

Ocupa una superficie de 70 m2.

Referencia catastral: 1398001FS3919N0012JG.

Nº de Finca: 14.579. CRU 35019000081724.

Valor: 149.072,58€.

 

Depósito para VD: 10% del valor de oferta.

Gastos: Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, incluido el certificado de eficiencia energética, serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los gastos de comunidad no satisfechos por la concursada y de los que deba responder la propia finca, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.1 e) de la Ley de Propiedad Horizontal, serán satisfechos por la parte compradora.

En caso de que existiese un crédito por Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI) que ostenten garantía real tácita o hayan sido reconocidos en el concurso con privilegio especial, el mismo sería satisfecho con cargo al precio de venta con preferencia al resto de garantías reales que afecten al inmueble.

Private Deal

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